La aseguradora tiene obligación de formular una oferta motivada. Esa oferta puede ajustarse al daño real o quedarse corta. Para saberlo hay que revisarla con criterio jurídico y la documentación médica delante, no aceptarla sin más.
Baremo y jurisprudencia permiten reclamar
La indemnización final depende de qué se documenta y de cuándo se actúa.
El informe de urgencias, el parte de lesiones, los informes de seguimiento del médico de familia o del especialista y los justificantes de rehabilitación son los documentos que sustentan la valoración del daño. Cada ausencia en esa cadena documental puede traducirse en una reducción de la indemnización. El esguince cervical, la lesión más frecuente en los accidentes de tráfico, no siempre se ve en las pruebas de imagen. Se acredita con lo que consta en la historia clínica: las visitas al médico, los informes y la evolución.
La aseguradora puede enviarte documentos para firmar en cualquier momento: recibos de indemnización, finiquitos o renuncias a reclamar nada más. Firmar uno de esos documentos implica, en la mayoría de los casos, cerrar definitivamente la reclamación. Una vez firmado, resulta muy difícil reabrir el expediente aunque aparezcan secuelas posteriores.
Una primera consulta no te compromete a nada. Hacerlo después de aceptar la oferta puede ser demasiado tarde para mejorar el resultado.
Consulta gratuitaLa oferta motivada es la posición de una parte. Analizarla con criterio jurídico es la única forma de saber si es adecuada.
Comprobamos si las lesiones han sido valoradas conforme a la documentación clínica, si los periodos de incapacidad están reconocidos en su totalidad y si las secuelas han sido correctamente identificadas y puntuadas conforme al Baremo de la Ley 35/2015.
El perjuicio personal particular, el lucro cesante de autónomos calculado sobre ingresos reales, la pérdida de valor venal del vehículo, los gastos de desplazamiento a centros médicos. Partidas que el Baremo recoge pero que no suelen aparecer en las ofertas iniciales.
Si la oferta no recoge correctamente el daño, formulamos la reclamación con documentación y argumentación jurídica. La aseguradora sabe cuándo su oferta es consistente y cuándo no. Una reclamación bien fundada obtiene mejor respuesta.
Si la oferta recoge bien el daño y encaja con lo que marcan el Baremo y la jurisprudencia, te lo decimos desde la primera consulta.
Maximizar significa reclamar todos los conceptos que corresponden, con el respaldo documental necesario para que sean reconocidos.
La reclamación se inicia cuando el cuadro clínico está estabilizado. Reclamar antes implica hacerlo sin conocer el alcance real del daño. Orientamos sobre ese timing en función de la evolución médica.
Cuando el médico de la aseguradora y la documentación clínica no coinciden, la resolución pasa por un perito independiente. Su informe es la herramienta que sostiene la posición del perjudicado frente a la aseguradora y ante el tribunal.
Negociamos directamente con los servicios de siniestros. La aseguradora sabe que detrás de la reclamación hay análisis técnico y que, si la oferta no es adecuada, la siguiente comunicación puede ser una demanda.
Un buen acuerdo resuelve el caso en semanas. Cuando el acuerdo no es posible en condiciones adecuadas, litigamos con la misma documentación construida durante la negociación.
Los más frecuentes en la práctica cotidiana de las reclamaciones en Alicante.
Las aseguradoras pueden ofrecer un anticipo mientras el caso está en tramitación. Ese pago es legítimo pero solo es conveniente aceptarlo si se entiende claramente qué implica y si no lleva asociado ningún documento de renuncia. Cobrar un anticipo no debería cerrar la reclamación, pero en la práctica a veces se plantea como condición.
Los daños al vehículo son los más fáciles de cuantificar y los primeros en aparecer. Pero los daños personales, que suelen ser las partidas de más importe, pueden quedarse fuera si no se reclaman de forma expresa y documentada. En un accidente con lesiones, la indemnización más importante no es la del vehículo.
Tickets de farmacia, facturas de fisioterapia, recibos de desplazamiento al centro médico, gastos de adaptación del vehículo o del domicilio: son reclamables si están documentados. Sin justificante, la reclamación de esos gastos es inviable. Guardar la documentación desde el primer día es una medida sencilla con impacto real.
El Baremo establece un sistema de valoración, no un importe cerrado. Dentro de ese sistema hay márgenes de interpretación en la puntuación de las secuelas, en el reconocimiento de perjuicios particulares y en el cálculo del lucro cesante. Una reclamación bien construida aprovecha esos márgenes; una reclamación genérica no.
La calidad del análisis, la solidez de la documentación y la firmeza en la negociación determinan el resultado.
El Baremo de Tráfico (Ley 35/2015) es una norma técnica y jurídica compleja. Alejandro Ballester Abellán tiene el Máster en Daños y Responsabilidad Civil por la UA y es miembro de PEOPIL, lo que implica acceso permanente a la doctrina y jurisprudencia europea en daños personales. Esa formación tiene traducción directa en la calidad de las reclamaciones.
El abogado que analiza el caso es el mismo que negocia con la aseguradora y el que, si es necesario, redacta la demanda. Esa continuidad tiene valor especialmente en procedimientos largos donde los detalles del historial médico y las comunicaciones con la aseguradora influyen en el resultado.
Antes de comenzar cualquier actuación, explicamos cómo trabajamos, qué honorarios corresponden y en qué escenarios es razonable esperar qué resultado. Si el caso no tiene recorrido o las perspectivas de mejora son escasas, lo decimos en la primera consulta.
Acreditaciones
Máster en Daños y Responsabilidad Civil por la Universidad de Alicante. Despacho integrado en las redes de abogados de víctimas y de daños personales de referencia en España y en Europa.
Lo que más nos preguntan en la primera consulta.
El importe depende de las lesiones, la duración de la baja, las secuelas, los daños materiales y la pérdida de ingresos. En España se aplica el Baremo de Tráfico (Ley 35/2015) para cuantificar el daño corporal. La consulta inicial gratuita permite hacer una estimación honesta con la documentación disponible.
Sí. La oferta motivada de la aseguradora es una propuesta, no una cifra vinculante. Puede ser inferior al importe real si las lesiones no han sido valoradas correctamente o si no se han incluido todas las partidas reclamables. Antes de aceptar, conviene que un especialista analice la oferta.
No necesariamente. La mayoría de las reclamaciones se resuelven mediante negociación con la aseguradora. El juicio es necesario cuando la aseguradora no formula oferta o cuando la oferta que formula no recoge correctamente el daño y no mejora su posición tras la negociación.
El plazo de prescripción para ejercitar la acción de reclamación de daños por accidente de tráfico es de un año desde la fecha del siniestro o desde que se tiene conocimiento del alcance definitivo de las lesiones y secuelas.
El resto de áreas en las que trabajamos.
Si has tenido un accidente de tráfico en Alicante o provincia y quieres saber cuánto puedes reclamar, podemos analizarlo gratuitamente. Si ya tienes una oferta de la aseguradora, revisarla es parte de la primera consulta. No hay compromiso: si después del análisis decides no continuar, no tienes ninguna obligación.
Calle La Virgen, 5, Entresuelo Puerta 3
03400 Villena, Alicante
Accidentes de tráfico: actuamos en toda España

Lunes a jueves: 9:00–14:00 / 17:30–19:00
Viernes: 9:00–14:00